jueves, 8 de junio de 2023

08. “EL PLAN DE DIOS PARA IMPEDIR LA POBREZA” VI. SER SEMEJANTES A JESÚS EN SU ÉTICA CON EL MUNDO (EGW)

 

El año cincuenta os será jubileo; no sembraréis, ni segaréis lo que naciere de suyo en la tierra, ni vendimiaréis sus viñedos, porque es jubileo; santo será a vosotros; el producto de la tierra comeréis.

En este año de jubileo volveréis cada uno a vuestra posesión. Y cuando vendiereis algo a vuestro prójimo, o comprareis de mano de vuestro prójimo, no engañe ninguno a su hermano.

Y no engañe ninguno a su prójimo, sino temed a vuestro Dios; porque yo soy Jehová vuestro Dios. Ejecutad, pues, mis estatutos y guardad mis ordenanzas, y ponedlos por obra, y habitaréis en la tierra seguros; y la tierra dará su fruto, y comeréis hasta saciaros, y habitaréis en ella con seguridad.

Y si dijereis: ¿Qué comeremos el séptimo año? He aquí no hemos de sembrar, ni hemos de recoger nuestros frutos; entonces yo os enviaré mi bendición el sexto año, y ella hará que haya fruto por tres años. Y sembraréis el año octavo, y comeréis del fruto añejo; hasta el año noveno, hasta que venga su fruto, comeréis del añejo. (Levítico 25:11-14;17-22).

En el plan de Dios para Israel, cada familia tenía su propia casa en suficiente tierra de labranza. De este modo quedaban asegurados los medios y el incentivo para hacer posible una vida provechosa, laboriosa e independiente. Y ninguna especulación humana ha mejorado jamás semejante plan.

La pobreza y miseria que imperan hoy se debe en gran parte al hecho de que el mundo se apartó de dicho plan.

Al establecerse en Canaán, la tierra fue repartida entre todo el pueblo, menos a los levitas, quienes, en calidad de ministros del Santuario, quedaban exceptuados de la repartición.

Las tribus fueron empadronadas por familias, y a cada familia, según el número de sus miembros, le fue concedida una heredad.

Y si bien era cierto que uno podía enajenar su posesión por algún tiempo, no podía, sin embargo, deshacerse definitivamente de ella en perjuicio de la herencia de sus hijos.

En cuanto pudiese rescatar la heredad, le era lícito hacerlo en cualquier momento. Las deudas eran perdonadas cada séptimo año, y cada cincuenta años, o sea en ocasión del jubileo, todas las fincas volvían a sus dueños primitivos.

La tierra no se venderá a perpetuidad”, mandó el Señor, “porque la tierra mía es; pues vosotros forasteros y extranjeros sois para conmigo. Por tanto, en toda la tierra de vuestra posesión otorgaréis rescate a la tierra.

Cuando tu hermano empobreciere, y vendiere algo de su posesión, entonces su pariente más próximo vendrá y rescatará lo que tu hermano hubiere vendido. Y cuando el hombre... consiguiere lo suficiente para el rescate... volverá a su posesión. Más si no consiguiere lo suficiente para que se la devuelvan, lo que vendió estará en poder del que lo compró hasta el año del jubileo”. Levítico 25:23-28...

De este modo cada familia quedaba segura de su posesión, y había una salvaguardia contra los extremos, tanto de la riqueza como de la pobreza. —El Ministerio de Curación, 138, 139. [167]

AUDIO. https://www.youtube.com/watch?v=Tc8AoJzapEI&list=PLVsLdOIe7sVs6M9Rbo5qmC5KxlSCNC_2b&index=8&pp=gAQBiAQBsAQB



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